La Cámara de Empresas de Televisión por Suscripción asegura que intereses particulares podrían estar influenciando a algunos diputados de la Asamblea Nacional
Mario Seijas, presidente de la Cámara Venezolana de Empresas de Televisión por Suscripción, aseguró que las 61 empresas afiliadas a la Cavetesu desconocen el documento o borrador que estudia la Asamblea Nacional, que aspira a dar una condición igualitaria a las productoras nacionales de televisión en la grilla de programación de las llamadas cableras.
“Lo que propone el diputado Manuel Villalba, presidente de la Comisión Permanente de Ciencia, Tecnología y Comunicación Social, se basa en una información poco precisa. Al señalar que no estamos regulados, demuestra que desconoce que nosotros somos uno de los sectores más regulados del país. Tenemos la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, el Reglamento de Apertura, la Ley Resorte”. Comentó Seijas.
Seijas señala que a algunas personas le cuesta entender que el servicio de difusión por suscripción es privado y se basa en un contrato entre el cliente y la empresa operadora del sistema. “Esta relación, privada, está generada por una habilitación, no una concesión del Estado porque no utilizamos el espectro radioeléctrico”.
Mario Seijas, presidente de la Cámara Venezolana de Empresas de Televisión por Suscripción, aseguró que las 61 empresas afiliadas a la Cavetesu desconocen el documento o borrador que estudia la Asamblea Nacional, que aspira a dar una condición igualitaria a las productoras nacionales de televisión en la grilla de programación de las llamadas cableras.
“Lo que propone el diputado Manuel Villalba, presidente de la Comisión Permanente de Ciencia, Tecnología y Comunicación Social, se basa en una información poco precisa. Al señalar que no estamos regulados, demuestra que desconoce que nosotros somos uno de los sectores más regulados del país. Tenemos la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, el Reglamento de Apertura, la Ley Resorte”. Comentó Seijas.
Seijas señala que a algunas personas le cuesta entender que el servicio de difusión por suscripción es privado y se basa en un contrato entre el cliente y la empresa operadora del sistema. “Esta relación, privada, está generada por una habilitación, no una concesión del Estado porque no utilizamos el espectro radioeléctrico”.
Detalles en Hormiga Analítica Nº14
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